DATOS CIENTIFICOS Y TECNICOS
TECNOLOGIA, CIENCIA Y TECNICA Nº 278
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- Categoría: DATOS CIENTIFICOS
Obviamente los responsables de las áreas de trabajo y de los procesos productivos son quienes deben cuidar de la elaboración de los procedimientos de trabajo y de las normas específicas de seguridad, contando para su redacción con la opinión y la colaboración de los trabajadores. Tanto las instrucciones de trabajo como las normas deberían ubicarse en lugar visible cerca de los puestos de trabajo afectados. Las instrucciones de trabajo son esenciales en lo que se denominan tareas críticas, que son aquellas en las que por acciones u omisiones puedan suceder accidentes o fallos que es necesario evitar. La empresa debería identificar en su proceso productivo los puntos considerados clave y las tareas asociadas a los mismos que se consideran críticas, por ejemplo controlar el enclavamiento eléctrico de un equipo antes de proceder a una tarea de mantenimiento del mismo. Si las tareas críticas han sido debidamente identificadas se estará en condiciones de proceder a la elaboración de instrucciones de trabajo para regularlas. 2.6. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD EN LOS CENTROS Y LOCALES DE TRABAJO Todos somos conscientes de la importancia que en nuestros días ha alcanzado la señalización en la vida urbana y la circulación de todo tipo (terrestre, marítima, aérea) y para las personas, de tal forma que sin ella muchas veces se producirían situaciones de caos y se acrecentarían los accidentes. En el mundo laboral se dan situaciones de peligro en las que conviene que el trabajador reciba una determinada información, relativa a su seguridad y a la de las instalaciones y equipos de trabajo, que por ello se denomina señalización de seguridad. La necesidad de señalización surge para un empresario cuando, ante la imposibilidad de eliminar o reducir suficientemente el riesgo aplicando criterios de prevención o de controlarlo exhaustivamente mediante medidas técnicas u organizativas de protección, debe advertir a los operarios expuestos de la existencia del riesgo y debe orientar o guiar a los trabajadores sobre pautas de comportamiento a seguir ante cada situación de riesgo (obligando, prohibiendo, informando,...), así como facilitar a los mismos la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios. Existen una serie de disposiciones legales relacionadas con el tema de las que se puede destacar el Real Decreto 485/1997, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, que transpone a la legislación española la Directiva 92/58/CEE. Su ámbito de aplicación es el contemplado en el art. 3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales. Complementariamente existen varias normas españolas UNE de no obligado cumplimiento, tal como la UNE-EN-45 7/1993 sobre "señales acústicas de seguridad", que aportan información adicional de interés en la aplicación de señales. | ||
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